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Las Claves de la Sociedad Limitada Unipersonal en 2025

Las Claves de la Sociedad Limitada Unipersonal en 2025

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La figura de la Sociedad Limitada Unipersonal es cada vez más utilizada en el ámbito empresarial.

Muchas personas se preguntan qué es una empresa S.L.U. y cuáles son sus particularidades frente a otras formas jurídicas. Entender cómo funciona una S.L.U. facilita la toma de decisiones coherentes sobre su constitución y gestión.

En este artículo te mostramos un ejemplo práctico para entender cómo opera una S.L.U. en la vida real.

¿Qué es una Sociedad Limitada Unipersonal?

Una Sociedad limitada unipersonal (S.L.U.) es una forma jurídica de empresa en la que una única persona posee la totalidad del capital social. Esto significa que todas las participaciones están en manos de un único socio, quien puede ser una persona física o jurídica.

La S.L.U. ofrece la ventaja de responsabilidad limitada, es decir, el propietario solo responde hasta el límite de su aportación al capital.

La gestión y las decisiones empresariales recaen directamente sobre este único socio.

Entre las características principales de la Sociedad Limitada Unipersonal se encuentran:

  • La existencia de un propietario único (socio único).
  • La responsabilidad limitada al capital aportado.
  • La personalidad jurídica propia y separada del socio.
Característica Descripción
Propietario único: Sí, una sola persona física o jurídica.
Responsabilidad limitada: Sí, solo hasta la aportación al capital social.
Personalidad jurídica: Separada del socio único.
Denominación: Debe incluir "Unipersonal" o "S.L.U."

Para crear una S.L.U., el único socio debe aportar el capital mínimo requerido por ley y cumplir con los pasos de constitución similares a una sociedad limitada tradicional.

Es obligatorio identificar al socio único en la documentación legal y en el Registro Mercantil.

¿Puedes crear una sociedad si eres el único socio?

Sí, es posible crear una sociedad si solo hay un socio. En España, existe la figura de la Sociedad Limitada Unipersonal (S.L.U.), que permite la constitución de una sociedad con un único propietario. Este único socio puede ser tanto una persona física como jurídica.

La S.L.U. se caracteriza por limitar la responsabilidad al capital aportado, igual que una Sociedad Limitada tradicional.

¿Cómo crear una S.L.U.?

El proceso para crear una Sociedad Limitada Unipersonal es similar al de una sociedad limitada normal.

Entre los pasos se incluyen:

  • La redacción de los estatutos sociales.
  • El otorgamiento de una escritura pública ante notario.
  • La inscripción en el Registro Mercantil.
  • La obtención del NIF provisional y definitivo.

En la siguiente tabla se resumen los requisitos básicos:

Requisito Detalle
Único socio: Sí (persona física o jurídica).
Capital mínimo: 3.000 euros.
Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
Escritura pública y registro: Obligatorio.

La S.L.U. ofrece ventajas como la protección del patrimonio personal y la posibilidad de gestionar la empresa sin necesidad de otros socios. Es una alternativa para quienes desean emprender de forma individual con una estructura societaria formal.

¿Cómo dividir el capital social de una empresa individual?

El capital social de una Sociedad Limitada Unipersonal (SLU) representa la aportación inicial obligatoria.

En España, el mínimo legal es de 3.000 euros. Esta cantidad debe depositarse en una cuenta bancaria a nombre de la empresa en constitución.

En una S.L.U., al existir un solo socio, la división del capital social no implica repartir entre varias personas. Sin embargo, el capital puede estar formado por varias aportaciones, como dinero o bienes. El total siempre debe ser igual o superior al mínimo legal.

La valoración de los bienes no dinerarios requiere justificar su valor real y puede necesitar informes o tasaciones independientes.

Si en el futuro se incorporan nuevos socios, el capital social podrá dividirse en participaciones. Cada participación representaría un porcentaje sobre el total del capital.

En la S.L.U., mientras exista un único socio, todas las participaciones permanecen a su nombre. Las participaciones sociales no son títulos físicos, pero sí quedan registradas en la escritura de constitución y en los estatutos de la sociedad.

Responsabilidades del socio único

El socio único de una Sociedad Limitada Unipersonal (S.L.U.) tiene responsabilidades distintas en comparación con los socios de sociedades con estructura plural.

1. Responsabilidad frente a deudas sociales

En general, el socio único no responde personalmente de las deudas sociales. Su responsabilidad está limitada al capital aportado, tal como ocurre en otras sociedades limitadas.

2. Obligaciones de transparencia

Mientras exista la unipersonalidad, es obligatorio que la sociedad haga constar esta condición en toda su documentación, correspondencia y contratos. Omitirlo puede derivar en responsabilidad personal frente a terceros, en ciertos casos.

3. Formalización de decisiones

Las decisiones del socio único deben formalizarse en acta, con su firma o la de su representante. Estas decisiones pueden ejecutarse directamente por el socio único.

4. Situaciones especiales de responsabilidad

Si la unipersonalidad no se inscribe en el Registro Mercantil o no se comunica a los terceros, el socio único puede llegar a responder solidariamente por las deudas sociales nacidas durante ese periodo.

¿Puede un socio único poseer todas las acciones en una sociedad existente?

Un socio único puede poseer la totalidad de las acciones o participaciones en una sociedad ya constituida. Este escenario puede ocurrir cuando un socio adquiere todas las participaciones de los demás integrantes.

Existen dos formas principales de una sociedad limitada unipersonal:

  • De origen: cuando se constituye desde el inicio con un solo socio.
  • Sobrevenida: cuando por transmisiones o adquisiciones, un único socio adquiere todas las participaciones en una sociedad ya existente.

En ambos casos, la ley reconoce la personalidad jurídica de la sociedad, diferenciando claramente entre el patrimonio del socio único y el de la sociedad. No es obligatorio que el socio único y el administrador sean la misma persona.

Es importante destacar que la unipersonalidad debe inscribirse en el Registro Mercantil.

Esta inscripción garantiza la transparencia y la seguridad jurídica frente a terceros.

¿Cuál es la diferencia entre una sociedad limitada unipersonal y una sociedad limitada con más socios?

La principal diferencia entre una sociedad limitada unipersonal (S.L.U.) y una sociedad limitada (S.L.) radica en el número de socios.

En la S.L.U. hay un único socio, mientras que la S.L. necesita al menos dos.

En ambos casos la responsabilidad de los socios está limitada al capital aportado, cumpliendo el mismo régimen de responsabilidad limitada.

En la S.L.U. debe constar claramente la condición de “unipersonal” en la escritura, en el Registro Mercantil y en cualquier documento oficial de la sociedad.

Tabla comparativa básica

Característica SLU SL
Número de socios: 1 único socio. 2 o más socios.
Identificación de condición: Siempre indicado como unipersonal. No es necesario especificar.
Control de la gestión: Total por el único socio. Compartido por los socios.
Publicidad de la unipersonalidad: Obligatoria en documentos y registros. No aplica.

La constitución de una S.L.U. puede resultar útil para quienes desean tener el control total sobre la empresa y mantener la protección del patrimonio personal. En cambio, la S.L. permite asociarse con otras personas y compartir la gestión y las decisiones de la empresa. 

En cuanto a obligaciones formales, la sociedad limitada unipersonal tiene la exigencia adicional de reflejar su estatus en todas sus actividades legales y mercantiles. Por su parte, La S.L. no tiene este requisito específico.

¿El socio único debe celebrar juntas generales?

En la Sociedad Limitada Unipersonal, no existe una junta general en el sentido habitual.

El socio único asume directamente las funciones que corresponderían a la junta en una sociedad con varios socios.

No es necesario convocar ni celebrar reuniones formales, ya que el socio único no puede reunirse “consigo mismo”.

Las decisiones relevantes se documentan y se inscriben en el libro de decisiones del socio único.

Obligaciones clave del socio único:

  • Adoptar por escrito todas las decisiones relevantes para la sociedad.
  • Dejar constancia de cada decisión, indicando la fecha y el contenido de la misma.
  • Cumplir con las obligaciones legales, como aprobar cuentas anuales o modificar estatutos.

¿Puede el socio único firmar contratos con su propia sociedad?

El socio único de una sociedad limitada unipersonal sí puede firmar contratos con la propia sociedad. Esta posibilidad está reconocida en la Ley de Sociedades de Capital (L.S.C.), que regula expresamente esta relación. Para que estos contratos tengan plena validez, la ley exige ciertas garantías formales.

Uno de los puntos clave es que el contrato debe constar por escrito o en alguna forma que quede constancia de su celebración, y además debe ser incorporado al libro de actas o a la documentación de la sociedad.

Aspectos importantes a considerar:

  • Los contratos deben respetar las condiciones de mercado para evitar conflictos de interés.
  • Se recomienda detallar claramente los términos, objeto y condiciones del contrato.
  • El contenido debe ser transparente y accesible para futuras revisiones o auditorías.

En caso de incumplimiento de estas formalidades, el contrato podría ser considerado nulo o inoponible frente a terceros.

La ley busca asegurar la transparencia y la protección hacia acreedores y terceros relacionados con la sociedad.

Las decisiones del socio único sobre estos contratos deben quedar reflejadas por escrito y estar firmadas por él mismo o por un representante debidamente autorizado.

Esto proporciona trazabilidad y permite el control legal y fiscal sobre las operaciones entre el socio único y la sociedad.

Conclusiones clave

La Sociedad Limitada Unipersonal (S.L.U.) permite a una sola persona crear y gestionar una empresa con responsabilidad limitada, protegiendo así su patrimonio personal. 

Esta forma jurídica exige cumplir ciertos requisitos formales, como la inscripción en el Registro Mercantil y la constancia de su unipersonalidad en toda la documentación. 

Aunque el socio único asume todas las decisiones, estas deben documentarse formalmente para garantizar transparencia y seguridad jurídica. 

La S.L.U. es ideal para quienes desean emprender en solitario con una estructura empresarial sólida y regulada.

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